Se ha publicado la propuesta de Resolución Provisional de solicitudes concedidas y denegadas correspondiente a la convocatoria de ayudas de comedor escolar para el alumnado de educación infantil y educación primaria, y de ayudas de uso de libros de texto por el alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria, matriculado en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha. Curso 2025/2026.
Podéis consultar el resultado de las solicitudes desde la secretaria virtual de la Plataforma Educamos CLM

A partir del 21 de agosto de 2025 se habilitará la opción “Presentar reclamación” en ese mismo menú.
Contra esta propuesta de resolución provisional podrán presentar reclamación desde el día 21 de agosto hasta el 03 de septiembre de 2025, ambos incluidos.
En caso de presentar reclamación aconsejamos que previamente consulte que documentación tendría que presentar para cada caso de denegación y el procedimiento a seguirlo descargando el fichero “GUÍA PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES.pdf” disponible en el bloque de “Ficheros disponibles”.
En la ayuda de comedor se establecen dos tramos de ayuda, el tramo I y el tramo II, y en la ayuda de libros se establece un único tramo de ayuda, y en función del nivel de la renta familiar establecida en los puntos 9 y 11 de la Disposición Adicional Primera del Decreto 47/2025. Puede consultar los niveles perceptores de ayuda y como se ha obtenido el nivel de renta en el bloque de “Ficheros disponibles”.
Contra esta propuesta de resolución provisional podrán presentar reclamación desde el día 21 de agosto hasta el 03 de septiembre de 2025, ambos incluidos.
En caso de presentar reclamación aconsejamos que previamente consulte que documentación tendría que presentar para cada caso de denegación y el procedimiento a seguirlo descargando el fichero “GUÍA PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES.pdf” disponible en el bloque de “Ficheros disponibles”.
En la ayuda de comedor se establecen dos tramos de ayuda, el tramo I y el tramo II, y en la ayuda de libros se establece un único tramo de ayuda, y en función del nivel de la renta familiar establecida en los puntos 9 y 11 de la Disposición Adicional Primera del Decreto 47/2025. Puede consultar los niveles perceptores de ayuda y como se ha obtenido el nivel de renta en el bloque de “Ficheros disponibles”.
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